Derechosy deberes en relaci贸n con la Seguridad Social. 29.11. Prestaciones familiares. Asignaci贸n econ贸mica por hijo o menor a cargo. Prestaci贸n econ贸mica de pago 煤nico a tanto alzado por nacimiento y cuidado de menor o adopci贸n de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres y padres con discapacidad.
Enel cuidado de hijas e hijos menores de doce a帽os, el trabajador mantiene el 100% de la base de cotizaci贸n durante los dos primeros a帽os, a efectos de calcular en el futuro las prestaciones que le corresponder铆an por jubilaci贸n, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad o paternidad.En cuanto pasen estos dos a帽os, la
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baja laboral por cuidado de hijo